Qué es la herencia digital y por qué deberías pensar en proteger tus bienes digitales en España
Las nuevas tecnologías han transformado profundamente nuestra manera de interactuar, gestionar nuestras actividades cotidianas y adquirir bienes y servicios. En este contexto, es crucial preguntarse: ¿qué sucederá con nuestros perfiles en redes sociales, correos electrónicos, suscripciones, contenidos digitales de pago y criptomonedas, contenidos en la nube, NFTs, entre otros activos digitales?
Internet, las redes sociales y la hiperconectividad han añadido una capa adicional de complejidad al ámbito de las herencias y los testamentos. Si ya de por sí es sumamente complicado repartir la masa patrimonial entre los herederos, ahora también debemos considerar la llamada herencia digital. Como abogados en España expertos en temas sucesorios, te explicaremos al detalle lo que debes hacer para proteger tus bienes digitales en caso de fallecimiento. Ante cualquier duda al respecto siempre nos podéis contactar desde nuestro despacho de abogados en Granada o bien a través de nuestra web para atender vuestra solicitud de forma detallada.
Qué es la herencia digital en España
La herencia digital, ya sea en España, Europa, Estados Unidos o donde quiera que te encuentres abarca todo el legado que dejamos en internet, desde nuestras cuentas bancarias online hasta los servicios de almacenamiento en la nube y las redes sociales. A principios de siglo, este legado digital se limitaba a una cuenta de correo electrónico y algunas fotos, pero hoy en día, la cantidad de información y datos personales que circulan en internet ha crecido exponencialmente, incluidos los activos digitales muchas veces poco reconocidos por los entornos oficiales como las criptomonedas, NFTs, suscripciones, u otros activos.
En España, se ha regulado el derecho al testamento digital, permitiendo al testador decidir si desea eliminar, conservar o mantener los contenidos digitales generados.
El derecho al olvido digital también juega un papel crucial en la gestión de la herencia digital. Este derecho permite a las personas solicitar la eliminación de su rastro digital, aunque cerrar una cuenta puede ser más sencillo que eliminar completamente toda la información asociada. Por ejemplo, en plataformas como Facebook, si no se especifica ninguna preferencia, la cuenta puede convertirse en una cuenta conmemorativa, permitiendo a los amigos y familiares continuar compartiendo recuerdos y fotos.
Como abogados expertos en herencias en España jugamos un papel fundamental en la concienciación y gestión del testamento digital. Durante la confección del testamento, los abogados pueden orientar al testador sobre la importancia de disponer sobre sus bienes digitales y asegurarse de que las instrucciones sean claras y específicas. Actualmente, la legislación española deja muy claro quién puede gestionar el legado digital de una persona fallecida, lo que podría cambiar con el desarrollo del reglamento que precisará estos conceptos y establecerá una jerarquía y preferencia clara para respetar las decisiones del testador.
¿Existe el testamento digital en España? Las alternativas que ofrece la Ley
En España, como abogados expertos en temas sucesorios, ya te confirmamos que no existe una figura jurídica específica para el testamento digital. De acuerdo con el artículo 687 del Código Civil, cualquier testamento que no observe las formalidades establecidas será nulo. Sin embargo, existe una excepción en la Ley del Notariado (artículo 65.5), que permite considerar como testamento cualquier voluntad consignada en soporte digital si los testigos están conformes con su autenticidad.
Sin embargo, la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), introduce algunos aspectos relacionados con la herencia digital. Aunque no resuelve completamente la cuestión, permite que las personas designen expresamente quién puede acceder, rectificar o suprimir sus datos personales tras su fallecimiento. Esta designación debe hacerse de acuerdo con ciertas formalidades, cuya validez será regulada por un real decreto.
El artículo 3 de la LOPDGDD establece que las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos, pueden solicitar el acceso a los datos personales del fallecido, excepto si éste lo prohibió expresamente. Además, el artículo 96 de la misma ley, conocido como el derecho al testamento digital, permite a estas personas acceder a los contenidos digitales del fallecido y decidir sobre su uso, destino o eliminación, siempre que no haya una prohibición expresa del causante.
Existen distintas categorías de bienes y servicios digitales que pueden ser considerados en una herencia, como bienes digitales propios o ajenos, servicios de almacenamiento en línea, redes sociales y servicios de comunicaciones electrónicas.
Esta ley también reconoce el derecho al testamento digital, que implica la posibilidad de que las personas vinculadas al fallecido accedan a sus datos personales y contenidos almacenados, como fotos, vídeos y documentos, con el fin de gestionarlos y, en su caso, solicitar la cancelación de los perfiles. Sin embargo, si el fallecido no dejó instrucciones específicas, las plataformas como las redes sociales permiten designar contactos de legado que pueden gestionar estos datos tras la muerte del usuario.
Existen diferentes tipos de testamento digital: el testamento digital de emergencia, que permite acceder rápidamente a la información más relevante, y el testamento digital detallado, que incluye una amplia documentación sobre contraseñas, perfiles en redes sociales, cuentas bancarias online, criptomonedas y suscripciones. Aunque estos tipos de testamento no están regulados explícitamente, se pueden consultar los artículos 3 y 96 de la LOPDGDD para obtener más información sobre quién puede acceder al legado digital de una persona fallecida.
En Cataluña, la Ley 10/2017 sobre las voluntades digitales permite al causante designar a una persona para que administre sus servicios digitales tras su fallecimiento. Esta designación debe hacerse mediante testamento, codicilo o memoria testamentaria. En este sentido, la legislación catalana es pionera en regular específicamente la herencia digital, aunque sigue siendo necesario un marco más amplio y detallado a nivel nacional.
Esto es lo que debe contener un testamento digital en España
Como ya os hemos comentado, un testamento digital es un documento que proporciona instrucciones claras sobre la gestión de tus activos digitales para tus familiares y allegados tras tu fallecimiento. Este documento debe incluir varios elementos esenciales para asegurar que tus deseos se cumplan de manera efectiva y legal.
Es crucial definir y enumerar todos tus activos digitales. Estos incluyen, pero no se limitan a, cuentas de correo electrónico, perfiles en redes sociales, blogs, cuentas de almacenamiento en la nube, criptomonedas y derechos de autor en línea. Esta definición debe ser lo más completa posible para evitar cualquier confusión o malentendido sobre qué se incluye en tu herencia digital.
El siguiente paso es nombrar a un albacea digital. Esta persona será responsable de gestionar tus activos digitales de acuerdo con tus instrucciones. Es fundamental que este albacea sea alguien de confianza y, preferiblemente, con conocimientos técnicos sobre el manejo de tecnologías y plataformas en línea. Su papel es crucial para la correcta ejecución de tus deseos.
A su vez, debes proporcionar directrices claras y detalladas sobre cómo deseas que se administren tus activos digitales. Esto puede incluir la eliminación de perfiles en redes sociales, la transferencia de archivos digitales a familiares específicos, la gestión de un negocio en línea, entre otras cosas. Cuanto más específicas sean las instrucciones, más fácil será para el albacea cumplir con tus deseos.
Para que el albacea digital pueda cumplir con tus deseos, necesitará acceso a la información necesaria, como contraseñas, respuestas a preguntas de seguridad y otros datos de acceso. Es vital asegurar que esta información esté actualizada y almacenada de manera segura pero accesible para el albacea designado.
Las personas que pueden acceder a tu legado digital incluyen a la persona designada expresamente por ti, tus familiares o herederos, el albacea testamentario y, en algunos casos, el Ministerio Fiscal o representantes legales. Sin embargo, si has prohibido expresamente el acceso a ciertos contenidos, estas restricciones deben ser respetadas, a menos que se trate de herederos y los contenidos formen parte del caudal relicto.
Para facilitar el acceso y la gestión de tus activos digitales, existen varios métodos. Puedes utilizar los medios que las empresas ofrecen para designar a personas que gestionen tus cuentas en caso de fallecimiento, transmitir estos activos mediante un testamento tradicional o incluso encargar la gestión a una empresa especializada. Es importante mantener actualizada la información sobre tus activos digitales y sus accesos.
Los contenidos digitales de pago, como e-books y aplicaciones, generalmente no pueden ser transferidos legalmente a tus herederos, ya que suelen ser derechos de uso que se extinguen con tu muerte. Sin embargo, los contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual, como obras literarias o artísticas, pueden ser gestionados y explotados por tus herederos por un plazo de setenta años, según la normativa vigente.
Por otra parte, para activos digitales como NFTs y criptomonedas, es esencial identificarlos claramente en tu testamento junto con las claves necesarias para acceder a ellos. Sin esta información, tus herederos podrían desconocer la existencia de estos activos y no poder acceder a ellos.
Ahora bien, las contraseñas son fundamentales para la gestión de tu herencia digital. Asegúrate de incluir instrucciones sobre cómo y dónde se pueden encontrar tus contraseñas, y considera almacenar esta información en un lugar seguro y accesible, como una caja fuerte o un gestor de contraseñas. Informa a una persona de confianza sobre la ubicación de esta información.
Cómo gestionar una herencia digital en España
Supongamos el caso contrario, que una persona cercana de vuestra familia y/o entorno ha fallecido y tienes que gestionar la herencia digital que ha dejado y el fallecido no ha dejado instrucciones claras sobre cómo desea que se maneje su legado digital.
El primer paso es recopilar todas las posesiones digitales del fallecido. Esto incluye identificar y listar todas las cuentas en redes sociales, correos electrónicos, blogs, servicios de almacenamiento en la nube, y cualquier otro activo digital. Además, es crucial obtener las contraseñas y datos de acceso para estas cuentas. Este proceso puede ser laborioso, pero es fundamental para poder gestionar adecuadamente la herencia digital. Si sois una familia unida podéis hacer el proceso en conjunto para que sea menos difícil.
Una vez que se ha recopilado toda la información, es necesario decidir qué hacer con cada activo digital. Por un lado, puedes optar por eliminar cuentas y perfiles. Esta opción puede ser adecuada para proteger la privacidad del fallecido. En otros casos, puede ser preferible conservar los perfiles activos, especialmente si contienen recuerdos valiosos o información importante. Igualmente, válido resulta conservar la información sin actualizarla, manteniéndola accesible pero inactiva.
El siguiente paso es designar un albacea digital, una persona de confianza que se encargará de gestionar los activos digitales del fallecido. Este albacea debe ser alguien con conocimientos técnicos y de confianza, que pueda ejecutar las instrucciones del fallecido de manera efectiva. En el testamento, se debe especificar claramente las funciones del albacea digital y las acciones que debe realizar, como cerrar perfiles en redes sociales o crear perfiles conmemorativos.
La ejecución del testamento digital implica contactar a los prestadores de servicios de la sociedad de la información (redes sociales, proveedores de correo electrónico, servicios en la nube, etc.) para informarles del fallecimiento y solicitar la gestión de las cuentas según las instrucciones especificadas.
Un aspecto importante de la gestión de la herencia digital es la privacidad. El albacea digital debe ser la única persona con acceso a las cuentas y datos sensibles del fallecido, lo cual evita que todos los herederos tengan acceso a información potencialmente comprometida. Esto protege la privacidad del fallecido y asegura que solo las personas designadas puedan gestionar las cuentas.
La gestión de herencias digitales en España es un aspecto cada vez más relevante en nuestra era tecnológica. La planificación y administración adecuada de los activos digitales de una persona fallecida pueden evitar numerosos problemas y conflictos entre los herederos. Es esencial que las personas consideren incluir un testamento digital en sus últimas voluntades para asegurar que sus activos digitales sean manejados según sus deseos.
En Litigal Hispania, contamos con amplia experiencia en la gestión de testamentos y asuntos sucesorios en España. Nuestro equipo de abogados está preparado para asesorarle y asistirle en todos los aspectos relacionados con su herencia digital. No dude en contactarnos a través de nuestra página web para obtener más información y asegurar que sus deseos digitales sean respetados y ejecutados conforme a sus indicaciones.